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CONTROL POLÍTICO AL USO DE LAS LISTAS DE ELEGIBLES EN LA DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES – DIAN

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    Columna 7
  • hace 13 minutos
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Por: Fabián Díaz Plata. Senador de la República.

 

En el desarrollo de mi actividad de Control Político, consagrada en la Ley 5° de 1992, y en mi calidad de Senador de la República, tuve la oportunidad de conocer la problemática que se suscita alrededor de los concursos de méritos en la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN.

 

Fue así como, desde la Comisión Séptima del Senado de la República de la cual hago parte, y también a partir de los diversos derechos de petición radicados por concursantes solicitando ser escuchados, se hizo extensiva la invitación a diversos actores para conocer a fondo la problemática mayúscula asociada a dicha entidad pública. Entre los participantes se invitaron a los representantes de los elegibles, a los representantes de los sindicatos, a los encargados de la Procuraduría General de la Nación, de la Comisión Nacional del Servicio Civil, y de la propia entidad en mención, para conocer sus perspectivas en torno a la problemática en particular.

 

En atención a lo anterior, el pasado veintisiete (27) de marzo de 2025 se llevó a cabo una audiencia pública, relativa al incumplimiento en la implementación de los concursos públicos de méritos en la DIAN. Durante esta audiencia, pude constatar que, pese a la existencia de fallos judiciales que amparan el principio de mérito y ordenan reportar las vacancias definitivas generadas con posterioridad al concurso —tal como lo establece el régimen de carrera de la DIAN y la Ley 1960 de 2019—, algunos representantes sindicales expresaron su preocupación ante una situación que calificaron como una “equivocación sistemática de los jueces al fallar estas acciones constitucionales de tutela”; una afirmación que, a todas luces, resulta inaceptable.

 

Desde cualquier perspectiva, resulta inconcebible que los integrantes de las listas de elegibles no hayan podido ser nombrados, a pesar de haber superado con éxito las exigentes pruebas académicas, funcionales, comportamentales, de integridad e, incluso, exámenes médicos.

 

Pero, la situación es aún más preocupante: en el marco de las convocatorias de 2020, se crearon más de 10.000 cargos en la DIAN, cuyas listas de elegibles fueron expedidas en 2022 y vencieron en 2024. A esto se suma la convocatoria de 2022, cuyos registros de elegibles definitivos quedaron en firme entre marzo y julio de 2024, además de que tienen vigencia hasta el año 2026.

 

En este contexto, resulta entonces necesario “organizar la casa”, pues de la entidad depende, nada más y nada menos, que la administración y control al debido cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias. Además, entre sus funciones adicionales se encuentran los derechos de explotación y gastos de administración sobre los juegos de suerte y azar, ejecutados por entidades públicas del nivel nacional, y la facilitación de las operaciones de comercio exterior en condiciones de equidad, transparencia y legalidad.

 

En virtud de lo anterior, se insta al cumplimiento de la Ley a partir del respeto de los derechos ciertos de elegibles, entre los cuales se incluyen a los funcionarios de la misma entidad que ganaron el respectivo concurso de méritos para ingreso o ascenso. Solo así es posible el aseguramiento del mérito, la igualdad y la oportunidad, virtudes asociadas a la función pública.

 

Finalmente, en caso de que no se cumplan las tareas anunciadas por parte de las entidades competentes en la mesa técnica convocada por mí y realizada el pasado veintiuno (21) de abril de 2025, se llevará a cabo la realización de un Debate de Control Político ante la referida situación. 

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